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Consulado de Colombia en Chicago

El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, pacto por la equidad" incluye dentro del Pacto por la Legalidad el eje de "Colombia en la escena global", se tiene como segundo diagnóstico de este punto: Política migratoria integral para facilitar la movilidad de los colombianos y hacer de Colombia un polo de atracción para el retorno y la migración calificada, donde se explican "Las nuevas dinámicas migratorias se materializan en el incremento del número de colombianos que hacen turismo en el exterior, en el aumento de extranjeros que visitan el país con motivo de negocios y en el número de colombianos viviendo en el exterior que retornan a Colombia" así como los retos y oportunidades generados por este nuevo contexto migratorio.

 

Adicionalmente, en los últimos años el Congreso de la Republica ha expedido 2 leyes que se refieren al fenómeno migratorio. Estas leyes son la 1465 de 2011 “Por la cual se crea el sistema nacional de migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos en el exterior” y la 1565 de 2012 “Por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero”.

 

La Ley 1465 de 2011 Crea el Sistema Nacional de Migraciones, SNM, como un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas, desde el cual se deberá acompañar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Migratoria con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración.

 

El Sistema Nacional de Migraciones, SNM, tiene como objetivo principal acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con las comunidades colombianas en el exterior.

 

Más recientemente, la Ley 1565 de 2012 "Por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero" creó una nueva responsabilidad para el Ministerio de Relaciones Exteriores al establecer que “…deberá diseñar programas de apoyo con acompañamiento que permitan atender y eliminar la situación de riesgo del inmigrante y su vinculación en la gestión del desarrollo departamental y/o municipal de su lugar de reasentamiento.”, para lo cual se hace necesario fortalecer la respuesta institucional del Ejecutivo Nacional, y por ende, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual, según la Ley,  diseñará, implementará, supervisará y gerenciará, los centros de referenciación y oportunidad para el retorno, CRORE, de los que instalará oficinas regionales de operación estable en las zonas de origen migratorio y retorno.”

 

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